En lo que respecta a bienes a bienes en efectivo la exteriorización hasta u$s100.000 no tiene ningún tipo de penalidad.
La etapa tiene como período para realizar la manifestación y pago adelantando del 1° de noviembre al 31 de enero, mientras que hasta el 28 de febrero de 2025 se podrá realizar la presentación de la declaración jurada y completar el pago.
La etapa tres va del 1° de febrero de 2025 al 31 de abril de 2025, con presentación de declaración y pago de la alícuota hasta el 31 de mayo.
Las alícuotas que se aplican son:
Etapa 1: 5%
Etapa 2: 10%
Etapa 3: 15%
Un detalle a tener en cuenta es que si un contribuyente realiza adhesiones en más de una etapa, se tomará la última como etapa para el cálculo de alícuotas.
Fuente: Ámbito