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La AFIP lanzó un simulador online para agilizar la recategorización de autónomos

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A fin de agilizar la recategorización de autónomos, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) lanzó una nueva herramienta online que permite simular el trámite que deberán realizar los trabajadores independientes antes de fin de mes. Esto es así, ya que durante junio los contribuyentes autónomos deben evaluar si les corresponde afrontar la recategorización anual, para determinar si están ingresando sus aportes de manera correcta.

Por lo tanto, el nuevo simulador fiscal permitirá saber de antemano la categoría que le correspondería al trabajador independiente, de acuerdo a los datos que ingrese. Asimismo, la herramienta online informará también el importe mensual a abonar de acuerdo a la nueva situación fiscal declarada.

Desde el fisco destacan que el sistema es voluntario y que no requiere identificación alguna para su utilización.

Pautas a seguir
También deberá tenerse en cuenta que, la falta de recategorización anual implica la ratificación de la categoría del trabajador autónomo declarada con anterioridad.

Los contribuyentes tendrán que respetar el siguiente esquema:

Categoría I. Aporte mensual de 142,96 pesos:

    * Personas físicas que ejerzan profesiones u oficios y productores de seguros con ingresos anuales hasta $20 mil.
    * Comerciantes con ingresos anuales hasta $25 mil.
    * Aquellos que adhieran voluntariamente al sistema previsional (religiosos, directivos de cooperativas que no perciben retribución, amas de casa, profesionales o personas que aportan a cajas especiales, titulares de condominios sin tareas de dirección).

Categoría II. Aporte mensual de 200,14 pesos:

    * Personas físicas que ejerzan profesiones u oficios y productores de seguros que superen como ingresos anuales los $20 mil.
    * Comerciantes con ingresos anuales superiores a 25 mil pesos.

Categoría III. Aporte mensual de 285,93 pesos:

    * Directores, administradores y conductores de sociedades comerciales o civiles, regulares o irregulares, y socios de sociedades de cualquier tipo con ingresos anuales inferiores o iguales a 15.000 pesos.

Categoría IV. Aporte mensual de 457,48 pesos:

    * Directores, administradores y conductores de sociedades comerciales o civiles, regulares o irregulares, y socios de sociedades de cualquier tipo con ingresos entre $15.001 y $30.000, inclusive.

Categoría V. Aporte mensual de 629,04 pesos:

    * Directores, administradores y conductores de sociedades comerciales o civiles, regulares o irregulares, y socios de sociedades de cualquier tipo con ingresos superiores a los 30.000 pesos.

El hecho de tener que considerar los ingresos brutos correspondientes al 2008 dispara otro problema. En efecto, el período a tener en cuenta podría generar reclamos e inequidades, ya que es común que los trabajadores independientes presenten saltos en su monto facturado.

De hecho, puede ocurrir que el contribuyente haya reducido o aumentado su facturación durante el primer semestre de 2009. Bajo esta situación, sería más justo considerar los ingresos del último año, desde junio 2008 a mayo 2009.

Es decir, al no considerar los ingresos del primer semestre de este año, la persona que presentó fuertes saltos en su facturación, se ubicará en una categoría que ya no lo representa, ya sea a favor o en contra del fisco. (Lea más: Autónomos afrontan una nueva recategorización bajo límites desactualizados).

Otro problema que se presenta es la mayor carga fiscal que deberán afrontar aquellos trabajadores independientes que además son accionistas de una sociedad anónima. Esto es así, ya que el fisco nacional considera que los dividendos recibidos deben ser considerados al momento de determinar el ingreso bruto anual.

Por lo tanto, dos profesionales que facturan lo mismo podrían encontrarse en categorías diferentes, ya sea que invirtieron sus ahorros en un plazo fijo o en acciones. (Lea más: Autónomos: recategorización castigará a los accionistas de sociedades anónimas).


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