El diputado nacional Fernando Yarade (foto) presentó un proyecto de ley en la Cámara Baja del congreso nacional, solicitando se modifique la LEY 24.240 DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR.
Esta ley, en su artículo 53, trata sobre la atención telefonica brindada por las empresas a los reclamos, compra de productos o servicios o que realicen cualquier tipo de transacción por este medio, las empresas tendrían la obligación de grabar y dejar registradas las conversaciones por 180 días. Además, el proyecto pide que esas grabaciones sean accesibles también para los consumidores.
El texto de la ley propuesta dice que las empresas o proveedores que efectúen ventas, transacciones o cualquier otro tipo de operaciones comerciales o contractuales y/o de atención al cliente en forma telefónica, deberán proceder por cualquier medio a la grabación de las conversaciones que de ese modo se generen, expresándolo claramente al inicio de la misma.
También se establece que se deben conservar los archivos generales que contengan el registro de la totalidad de la comunicación, mínimamente por un período de 180 días, contados a partir de la fecha de la llamada. Dichas grabaciones deberán ser puestas a disposición del consumidor, en caso de ser requerido por éstos, con el solo pedido formal por parte de ellos, sin necesidad del inicio de acciones y contribuirán a que el consumidor pueda utilizar en su favor un medio de prueba que hasta el momento sólo podía ser utilizado en su contra.
De esa manera, ante eventuales controversias entre un consumidor y un proveedor, podría aprovecharse un recurso ya existente como medio de prueba tendiente a acreditar o complementar los hechos que motivaron esos eventuales conflictos.









