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Empresas Promovidas también emitirán comprobantes electrónicos

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Las firmas que están alcanzadas por los beneficios de la Ley de Promoción Industrial 22.021 y sus modificatorias y complementarias, deberán emitir comprobantes electrónicos originales desde el 1ª de mayo de 2011.

Los comprobantes que se deben facturar electrónicamente son las Facturas, Notas de Débito y Notas de Crédito clases “A” y “B”. Además, tendrán que entregar comprobantes en forma separada por actividad y proyecto.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a cargo de Ricardo Echegaray, explicó el administrador federal, esta medida “permitirá acotar el campo de acción de quiénes operen con facturas apócrifas, como así también optimizar los procesos de control del cumplimiento de los proyectos promocionados y el conocimiento temprano de los sujetos intervinientes en las transacciones”.

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