Entre los muchos desafíos que los próximos gobernantes enfrentarán desde el primer día, cualesquiera sean sus signos partidarios, estará el rediseñar la matriz regional para la producción, la distribución de la renta provincial y la formación de capitales.
Un modelo que sea justo y a la vez solidario, que permita a Salta crecer a partir de sus propias soluciones y de las que aporte la Nación desde la esfera de sus competencias exclusivas.
Salta tiene recursos generosos y fuentes de riquezas pero de las que están actualmente en explotación muchas producen ingresos y beneficios de los cuales un muy bajo porcentaje queda en la provincia. Las rentas de su petróleo o su minería son un ejemplo.
Las zonas oscuras
Distintos especialistas han descripto los componentes económicos que deben ser reformulados para que esta situación se revierta; han fundamentado las formas y maneras de aumentar la renta para la provincia como también que, tratándose de derechos provinciales, a la Nación no se le debe pedir sino que debe exigírsele su cumplimiento en tiempo y forma.
En algunos casos de zonas oscuras, en las cuales las autonomías de la Nación están superpuestas con las de la provincia o no están reguladas ni definidas, se debe consensuar prontamente las soluciones.
Para esos fines una útil herramienta sería optimizar el funcionamiento de la Región del Norte Grande como persona jurídica pública con intereses y facultades para atender determinados temas económico-sociales.
El orden regional
La Constitución Nacional reformada en 1994 permite a las provincias crear regiones, para equilibrar sus diferencias y combatir el subdesarrollo, integrando más eficazmente los espacios territoriales y los factores de producción. Esta potencialidad se ejerce mediante tratados o convenios y sin otro requisito que ponerlo en conocimiento del Congreso de la Nación.
Será una nueva persona jurídica pública con todas las atribuciones de un sujeto de derecho autónomo, que puede darse sus propias normas porque como lo dice el art. 124 la región podrá establecer los órganos que estime convenientes que tendrán todas las facultades necesarias para realizar los actos necesarios para el logro de sus fines.
La región del NOA era ya una realidad de hecho antes de 1994; un lustro después, en 1999, se avanzó otro paso al crearse la Región del Norte Grande, acuerdo en el cual diez provincias del NOA y del NEA fijaron en dieciséis cláusulas el germen del marco jurídico del nuevo ente. Actualmente existen en el país cuatro regiones integradas funcionando con distintos y diferentes grados de eficacia. Además de la “Región del Norte Grande Argentino”(1999; Catamarca, La Rioja, Corrientes, Chaco, Formosa, Jujuy, Misiones, Tucumán, Salta y Santiago del Estero) está la “Región del Nuevo Cuyo” (1988; Mendoza, San Juan y San Luis), en tercer lugar la “Región Centro” (1998; Córdoba, Santa Fe y Entre Ríos) y finalmente la “Región de la Patagonia”, (1996; Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, Santa Cruz, Chubut, Río Negro, Neuquén y La Pampa).
Los tratados o convenios son el marco jurídico de estas regiones; les dan origen y tienen, o prevén, estatutos que son la fuente de normas que, sumadas a los artículos. 124 y 125, le otorgan capacidad de derecho para sus fines, no necesitando de normas de rango inferior para ponerlas en funcionamiento. Esta nueva visión de la autonomía provincial fue anticipada en 1988 en el Tratado de Integración Económica del Nuevo Cuyo, que indicaba que “Resulta necesario encauzar el rol activo que le compete a las distintas provincias, enfatizando en la descentralización como un instrumento que libera la capacidad creadora de las comunidades regionales para la resolución de sus principales problemas y, en definitiva a través de ella, la conformación de instancias superiores de organización”.
Para la Región Norte Grande su objetivo no ha variado, sólo se propone “reencauzar” ese rol descentralizador de las provincias e imponer otra dinámica a la Región. Para ello sería necesario modernizar algunos textos de su estructura. La Región Norte Grande posee los órganos necesarios para el cumplimiento de sus fines pero el convenio y demás instrumentos administrativos merecen su adecuación a la velocidad de cambio y al uso de la tecnología imperante en este tercer quinquenio del Siglo 21. No es una casualidad que el art. 124 de la Constitución que permite crear regiones en su último renglón otorgue a las provincias la propiedad de sus recursos naturales, petróleo y gas entre otros, los que se asocian inmediatamente con la rapidez de las gestiones y los perjuicios que ocasiona el reaccionar mal y tarde.
El desafío político
Este reencauzar el rol descentralizador de las provincias es una tarea política porque las modificaciones deberán consensuarse entre la decena que forma el Norte Grande, es una tarea técnica porque deberán encontrarse las fórmulas económicas, jurídicas y tecnológicas acordes con la actualidad del mundo frente a la realidad de la región, y es una tarea legislativa porque habrá que definir con precisión y legislar homogéneamente las normas que tendrán vigencia regional.
Actualizar la estructura jurídico – administrativa de la Región Norte Grande es una tarea compleja; pero no hacerlo es perjudicar la eficacia de esa herramienta institucional y alejará aún más la posibilidad de cumplir con los objetivos enunciados en su cláusula III: establecer órganos con competencia y facultades que permitan la coordinación de políticas y la materialización de proyectos de interés común que, en los hechos, “acrecentarán el potencial económico – social regional”
Por Armando Frezze, El Tribuno









