A fin de facilitar la tarea de empresas y particulares, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) puso en marcha el registro de claves bancarias uniformes (CBU). Complementariamente, el nuevo archivo le permitirá al organismo conducido por Ricardo Echegaray controlar de cerca las transferencias de créditos fiscales que se lleven adelante entre acreedores y deudores del fisco.
La nueva obligación se dio a conocer a través de la resolución general 2675 publicada en el Boletín Oficial.
"La AFIP creó el registro de claves bancarias uniformes que deben ser informadas por los contribuyentes y cesionarios de créditos a los efectos de poder percibir en la cuenta declarada los pagos que deba realizar el fisco en concepto de devoluciones, reintegros, reembolsos y demás regímenes de restitución de fondos a contribuyentes, responsables y administrados los que se efectuarán mediante transferencia bancaria a través del Banco de la Nación Argentina", explicó Mario Volman, desde Kaplan, Volman & Asociados.
En tanto, Marcelo Dominguez, coordinador Técnico de la Comisión Tributaria de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (Facpce), destacó que a través de la nueva norma "se extiende el procedimiento de cancelación a través de transferencia bancaria a los pagos a cesionarios que resulten destinatarios de créditos cedidos conforme al Código Civil, por parte de los contribuyentes y administrados acreedores originarios de los fondos a restituir".
"Esto agregado posibilitará el control fiscal sistemático por parte de la AFIP, de las transferencias de créditos fiscales que se realicen entre los sujetos acreedores y deudores del fisco", agregó Dominguez.
Asimismo, el tributarista advirtió sobre un aspecto operativo importante a tener en cuenta: "Los contribuyentes, responsables, administrados y cesionarios que ya hubieran informado su CBU a la AFIP, deberán ratificar la misma hasta el 21 de octubre próximo".
"A partir del día siguiente a la mencionada fecha, será dada de baja a los fines de la restitución de fondos la CBU de los sujetos que no hayan cumplido con la ratificación de la misma", concluyó Dominguez.
El nuevo registro, bajo la lupa
Analizada la nueva resolución, Volman aseguró que "es bienvenido todo mecanismo que signifique transparentar los pagos que por distintos conceptos debe realizar el Estado nacional y busque eliminar maniobras fraudulentas".
En igual sentido, desde el Departamento de Consultoría Tributaria del Estudio Harteneck – Quian – Teresa Gómez & Asociados, Teresa Gómez, describió el alivio mutuo al que se llega mediante la resolución 2675: "A los contribuyentes les permitirá unificar los pagos mediante transferencia bancaria en la cuenta declarada en el registro; y a la AFIP les posibilitará tener un CBU seguro para imponer los embargos".
Si bien destacó las bondades del nuevo registro, Enrique Scalone, titular del estudio que lleva su nombre, advirtió que "este mecanismo en nada altera las demoras en los procedimientos internos del organismo fiscal para conceder las restituciones que corresponden a los contribuyentes".
"Dichas demoras, muchas veces motivadas por restricciones de Tesorería, continuarán siendo producidas como hasta el presente", concluyó Scalone.