Con la promulgación de la nueva ley, quedó en vigencia desde esta mañana la nueva reglamentación para los alquileres que dispone modificaciones a los contratos y a los aumentos.
El Gobierno promulgó la Ley de Alquileres mediante el Decreto 580/2020 publicado este martes en el Boletín Oficial bajo la firma del presidente Alberto Fernández; el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; y las ministras de Justicia, Marcela Losardo; y de Desarrollo Territorial, María Eugenia Bielsa.
La Ley 27.551 modifica el Código Civil y Comercial de la Nación y establece nuevas reglas para los contratos de locación . La norma había sido sancionada por el Congreso el 11 de junio pasado.
Los principales cambios en la nueva ley de alquileres
Los aumentos dejan de ser semestrales y pasan a ser anuales.
El porcentaje de aumento pasará a basarse en un indicador que publicará el Banco Central. Estará conformado en partes iguales por el índice de precios al consumidor (IPC), que releva el Indec, y la variación salarial (Ripte), que elabora Anses.
La duración de los contratos pasa de 2 a 3 años.
Garantías: el locatario deberá proponer al menos dos alternativas, que pueden ser un título de propiedad, aval bancario o seguro de caución, y el propietario elegirá una.
Depósito de garantía: pasará a equivaler a un mes de alquiler. Cuando termina el contrato, la devolución deberá ser en el momento de la restitución del inmueble, y actualizada al valor del último mes de alquiler.
Será obligatorio acordar las condiciones de renovación con tres meses de anticipación, para que el inquilino tenga tiempo para buscar otra vivienda.
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