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Empresas de transporte público deberán contratar un 30% de choferes mujeres

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La Corte de Justicia de Salta falló a favor de Mirtha Cisnero para ser empleada como colectivera

La Corte de Justicia de Salta falló a favor de Mirtha Sisnero, la mujer que se presentó ante la Justicia para que ésta le garantice un puesto como colectivera en la empresa SAETA. El Tribunal entendió que se estaba realizando discriminación por género. Con esta resolución, las empresas de transporte deberán contratar un mínimo de 30% choferes mujeres para su platea permanente.

Para el acatamiento del fallo de la Corte, las empresas de transporte público de pasajeros deberán presentar en conjunto y mediante una nota ante la Autoridad Metropolitana de Transporte, un listado que especifique los requisitos técnicos, psicofísicos y de pruebas de conducción que exigen para la admisión de postulantes a integrar sus planteles de choferes con pautas que aseguren igualdad de oportunidades de empleo y un único criterio de selección, excluyente de toda forma de discriminación.

El fallo de la Corte relata que “toda mujer que desee ser contratada como conductora de ómnibus en el sistema de transporte público de la Región Metropolitana de Transporte y que cumpla con los requisitos vigentes para postularse, deberá inscribir su solicitud en un registro que llevará la Autoridad Metropolitana de Transporte. En este listado figurará en primer lugar Mirtha Gabriela Cisnero por haberse admitido la acción de amparo a su favor, esto sin perjuicio de que ella deberá actualizar la acreditación de los requisitos de idoneidad vigentes para la postulación”.

De esta forma la justicia entendió y comunicó a las empresas que “deberán remitirse a este listado de postulantes y deberán incorporar dos mujeres por cada hombre, comenzando por mujeres, hasta alcanzar cada una de las empresas progresivamente y como mínimo, un 30 por ciento de mujeres en la composición de su planta de conductores”.

Las que no cumplieran con el fallo deberán pagar una compensación equivalente a “un monto mensual idéntico al sueldo del chofer de mejor remuneración incluidas las cargas de familia y antigüedad en la empresa, a la mujer que estuviera en el primer listado de postulantes, hasta tanto sea contratada ella u otra de la lista”.

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