La resolución de la Corte establece que “las circunstancias fácticas de la causa no han variado desde el dictado de la sentencia de fecha 13 de mayo de 2021 en la causa Tabacalera Sarandí S.A., por lo que corresponde remitir a lo decidido por esta Corte en dicho precedente. Por ello, se hace lugar a las presentaciones directas, se declaran procedentes los recursos extraordinarios y se revoca la sentencia apelada”.
Implicaciones
Esta decisión tiene varias implicaciones importantes:
1.Cumplimiento Fiscal: A pesar de la resolución de la Corte Suprema, Tabacalera Sarandí S.A. continuará sin pagar los montos mínimos de impuestos establecidos por la Ley 27.430.
2. Precedente Legal: La decisión reafirma el precedente de que las normas legislativas no pueden ser suspendidas por medidas cautelares sin demostrar un perjuicio concreto.
3. Investigación en Curso: La empresa enfrenta también investigaciones por presunta evasión fiscal, lo que añade una capa de complejidad a su situación legal y fiscal.
En conclusión, la revocación de las medidas cautelares por parte de la Corte Suprema reafirma la validez de los montos mínimos de impuestos establecidos por la Ley 27.430 y establece un importante precedente sobre la limitación de las medidas cautelares contra normas legislativas.