Esa autoridad de aplicación, el Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom), ya no podrá interferir en los precios.
También se derogó el artículo 15 de la ley que reconocía “el carácter de servicio público esencial y estratégico de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) en competencia al uso y acceso a las redes de telecomunicaciones, para y entre licenciatarios de Servicios de TIC”. “El Servicio Básico Telefónico mantiene su condición de servicio público”, se aclara.
Fuente: Ámbito