El SIRCUPA empezó a implementarse en 2021 y hoy ya se aplica en 20 jurisdicciones. Su lógica es simple: cuando un comercio recibe acreditaciones en su billetera virtual, el proveedor de servicios de pago (PSP) informa al sistema y aplica la retención correspondiente.
Un ejemplo concreto ayuda a entenderlo. Si un kiosco factura $100.000 en el mes a través de pagos con QR, la billetera virtual informará esas operaciones y, si la alícuota definida por la provincia es del 1,5%, se le descontarán $1.500. El comerciante recibirá $98.500 y los $1.500 quedarán como pago a cuenta de Ingresos Brutos.
El sistema actúa como una cobranza anticipada que luego se compensa al momento de liquidar impuestos. No se paga más de lo que ya corresponde, aunque la experiencia muestra que a veces pueden generarse saldos a favor.
Fuentes oficiales buscan aclarar que de ninguna manera se trata de un nuevo impuesto, sino de una modalidad de percepción anticipada de Ingresos Brutos
¿De cuánto será en la práctica la retención?
Las alícuotas no son fijas: cada provincia define sus porcentajes y condiciones. En general, los valores van del 0,5% al 2,5%, dependiendo de la actividad y la jurisdicción donde opere el contribuyente. También existen mínimos para evitar que operaciones pequeñas se vean demasiado afectadas. La idea es, evitar que las retenciones se conviertan en una suerte de castigo para los contribuyentes cumplidores.
El objetivo en parte es también devolver liquidez tanto a pymes como a profesionales. Y aunque en la práctica los descuentos pueden generar malestar entre usuarios y comerciantes, los especialistas remarcan que no se trata de pagar algo nuevo, sino de adelantar parte de lo que ya estaba previsto en el régimen de Ingresos Brutos.
Fuente: Ámbito