Los principales bancos tendrán disponibles desde mañana, en las cuentas de “homebanking” de sus clientes monotributistas y autónomos, la opción de pedido de créditos a tasa cero por un monto de hasta $ 150.000, según califiquen y cumplan con los criterios fijados por el Gobierno nacional para la asistencia a este sector ante la pandemia del coronavirus.
Según confirmaron fuentes bancarias, se espera que en las próximas horas la AFIP disponga -a través del Banco Central- el listado de beneficiarios elegibles para estos créditos, el monto que podrán pedir y en qué entidad podrán cobrarlo para hacer efectivo el mecanismo de solicitud vía web.
“La idea es que los clientes que designados por la AFIP puedan ingresar por internet y solicitar el crédito. Si ya tiene tarjeta de crédito en el banco, le acreditaremos el préstamo como indica el Banco Central”, aseguraron a Télam desde el Banco Nación.
Debido a que los créditos podrán ser aplicados por contribuyentes que estén o no bancarizados, será la propia AFIP la que disponga en qué bancos deberán cobrar el dinero cada contribuyente al que le corresponda.
Para evitar que concurran a las sucursales bancarias, la AFIP proveerá a cada banco los datos de contacto de los beneficiarios (e-mail u otro), de modo que sea el banco el que se contacte al beneficiario para el proceso de apertura de cuenta y coordinar la entrega de la tarjeta de crédito.
“En caso de no tener una tarjeta, el dinero se podrá acreditar abriendo previamente una cuenta a la vista para compras en comercios o una nueva tarjeta de crédito, dependiendo de la situación de cada solicitante”, explicaron desde el Nación.
El crédito será otorgado en tres cuotas iguales, mensuales y consecutivas con un máximo de $150.000 para las categorías D en adelante; y de hasta $ 104.370 para la categoría C. La A y B no accederán porque tienen destinado los $ 10.000 del Ingreso Familiar de Emergencia.
La acreditación funcionará como un aumento en el saldo limite para consumo en las tarjetas y, en caso de no agotarse el total asignado para el mes, podrá acumularse para los períodos siguientes hasta completar el gasto.
Es importante recordar que las entidades bancarias no podrán rechazar el pago a los clientes que le asigne la AFIP ni cobrar por la emisión de la tarjeta o su mantenimiento.
Fuente: lagacetasalta.com.ar