El Gobierno recibió un nuevo revés el jueves 27, en el marco de la disputa por la Ley de Medios, después del rechazo unámime de la Corte Suprema al per saltum que había presentado para que el máximo tribunal se pronuncie sobre la validez de la ley de medios. Además, resolvió mantener vigente la medida cautelar que protege al Grupo Clarín contra la obligación de desinvertir dispuesta por la norma, hasta que la Cámara Federal dicte una sentencia definitiva. En este caso, el juez Eugenio Zaffaroni votó en disidencia.
En su última reunión de este año, el máximo Tribunal también exhortó a la Cámara Civil y Comercial Federal, a que se expida dentro de la mayor brevedad posible sobre la cuestión de fondo, o sea la constitucionalidad o no de los artículos que establecen la cantidad máxima de licencias permitidas a un grupo económico de medios. Además, en simultáneo y por mayoría de votos ratificó la medida cautelar que mantiene suspendida la aplicación de la Ley hasta que se dicte una sentencia definitiva.
A poco más de dos semanas de rechazar el primer per saltum respecto a la extensión de la cautelar que dictó la Cámara, la Corte volvió a declarar inadmisible el recurso que en noviembre fue aprobado por senadores y diputados. El Gobierno había acudido a la Corte luego del fallo del juez Horacio Alfonso que calificó como constitucional los artículos 45 y 161 de la Ley, por considerar que había gravedad institucional en la falta de aplicación de la norma.
Fuentes de la Corte contaron que sorprendió el mal uso del recurso que hizo el kirchnerismo, a través de sus abogados, y también en las diferentes instancias judiciales. Estaban plagados de errores jurídicos, dijeron, y explicaron que esas equivocaciones redujeron el margen de maniobra de los miembros del Tribunal.
Desde el Gobierno preveían un desenlace negativo respecto al per saltum, pero había expectativas en torno al recurso extraordinario presentado para que el alto Tribunal se expida sobre la prórroga de la cautelar que el 6 de diciembre dispuso la Sala I de la Cámara Civil y Comercial.
La Corte explicó que esa decisión de la Cámara fue fruto de una solución posible que hace pie en las alternativas reconocidas en la sentencia del 22 de mayo. En disidencia con sus colegas votó el juez Eugenio Zaffaroni, quien consideró extinguida la medida cautelar, repitiendo el dictamen de la procuradora general de la Nación, Alejandra Gils Carbó.
La caricia que recibió el Gobierno tuvo que ver con el reconocimiento que la Corte hizo de que al vencer el artículo 161 el referido a la desinversión de licencias el 7 de diciembre, una vez que caiga la cautelar, Clarín no tendrá un año para desprenderse de sus licencias. En esa línea, el máximo Tribunal ratificó que para el Grupo Clarín la adecuación general está suspendida, aunque dijo que la Ley resulta plenamente aplicable con todos sus efectos a partir del cese de la medida cautelar.
También cuestionó a la Cámara Civil y Comercial al declarar que su decisión se aparta de lo decidido por esta Corte el 22 de mayo pasado. Ahora, la causa quedará en manos de la Sala I de la Cámara, integrada por los jueces Francisco De las Carreras, María Susana Najurieta y Ricardo Guarinoni, quienes deben resolver si los artículos 45 y 161 son constitucionales o no.
Los tres magistrados fueron denunciados por el Gobierno, que los acusó de ser afInes a Clarín. Pero sus recusaciones fueron levantadas y pudieron fallar respecto a la cautelar el 6 de diciembre, justo en la víspera del 7 en el que el kirchnerismo esperaba obligar a Clarín a cumplir con la Ley.
Luego de la resolución de la Cámara, que se supone será en enero, la Corte espera comenzar a tratar en el menor tiempo posible la validez de los dos artículos. Desde el Tribunal confían que puede haber una resolución final en marzo.









