En el marco de medidas para mitigar el impacto en el consumo y la economía del freno a la actividad que generaron la pandemia de coronavirus y los más de tres meses de cuarentena, el Gobierno Nacional relanzó el programa “Ahora 12″.
“Tenemos que recuperar la relación salarial para que haya consumo”, había considerado el ministro de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas, adelantando la medida que fue oficializada este miércoles en el Boletín Oficial.
A través de la Resolución 201/2020 se prorrogó hasta fin de año el Programa de Fomento al Consumo y a la Producción de Bienes y Servicios, conocido como “Ahora 12″. Tal como se venía implementando, los comercios y proveedores de servicios pueden ofrecer sus bienes bajo la modalidad de 3, 6, 12 y 18 cuotas, indicando “en forma clara y precisa” el precio de contado, el anticipo si lo hubiere, la cantidad y el monto de cada una de las cuotas, y el costo financiero total cuando corresponda.
Si bien era sabido que el Poder Ejecutivo extendería el programa, la medida surge como respuesta también a representantes de distintos rubros que se ven afectados por la caída del consumo sufrida a raíz de la extensión del confinamiento. De hecho, la cadena textil, indumentaria y calzado le había presentado a Kulfas un plan de reactivación para motorizar la demanda, donde se incluía la prórroga del plan, mayor cantidad de cuotas e incluso una rebaja en la tasa de interés.
Entre los bienes de producción nacional y servicios prestados que se podrán adquirir de ahora en más a través del renovado plan de financiamiento, se encuentran:
– Productos de “línea blanca”: aires acondicionados, climatizadores de aire y/o ventilación, lavavajillas, lavarropas y secarropas, cocinas, hornos y anafes, calefactores y estufas, termotanques y calefones, heladeras, congeladores y freezers.
– Indumentaria: prendas de vestir para hombres, mujeres y niños (incluye ropa de trabajo, deportiva, de uso diario y todo tipo de accesorios de vestir), así como también joyería y relojería.
– Calzado y marroquinería: calzado deportivo y no deportivo, carteras, maletas, bolsos de mano y artículos de marroquinería de cuero y otros materiales.
– Materiales y herramientas para la construcción: arena, cemento, cal, yeso, ladrillos, hierro, chapa, aberturas, maderas, cerámicos, sanitarios, caños y tuberías, grifería, membranas, tejas, pintura, vidrios, herrajes, pisos de madera y herramientas de trabajo, entre otros.
– Muebles para el hogar.
– Bicicletas: inclusive las eléctricas, sus partes y/o piezas.
– Motos: comprende a todas aquellas cuyo precio final no sea superior a 180 mil pesos.
– Turismo. Comprende los siguientes servicios y/o productos a ser prestados íntegramente dentro del Territorio Nacional: pasajes de ómnibus de larga distancia, pasajes aéreos, hoteles y otros alojamientos turísticos habilitados por el organismo provincial competente, paquetes turísticos adquiridos a través de agencias de viaje habilitadas, autos de alquiler, excursiones y actividades recreativas, y productos regionales.
– Colchones y sommiers.
– Libros: comprende textos escolares y libros de impresión nacional.
– Anteojos: comprende anteojos recetados, adquiridos en ópticas, cuyo precio final no sea superior a 10 mil pesos.
– Artículos de Librería: comprende artículos escolares como cuadernos, papelería, lápices, lapiceras, mochilas, cartucheras, etiquetas, entre otros).
– Juguetes y Juegos de mesa.
– Teléfonos celulares 4G.
– Neumáticos, accesorios, kit de conversión de vehículos a gas GNC y repuestos para automotores y motos.
– Instrumentos musicales.
– Computadoras, notebooks y tabletas.
– Artefactos de iluminación, incluyendo los artefactos eléctricos de iluminación de tecnología LED.
– Televisores.
– Perfumería: comprende productos de cosmética, cuidado personal y perfumes.
– Pequeños electrodomésticos.
– Servicios de preparación para el deporte, comprendiendo gimnasios.
– Equipamiento médico: comprende electrocardiógrafos, desfibriladores, monitores para distintas señales fisiológicas, balanzas de grado médico, instrumental, elementos de esterilización.
– Maquinaria y herramientas: comprende los taladros, amoladoras angulares, lijadoras, pulidoras, sierras, soldadoras con electrodos revestido, soldadora sistema TIG, soldadora sistema MIG-MAG y morsas.
– Alimentos: comprende los productos informados en el Sistema Electrónico de Publicidad de Precios Argentinos (SEPA).
– Medicamentos.
– Lámparas y tubos de iluminación con tecnología LED, producidas dentro o fuera del Territorio Nacional, cuyo destino sea residencial, comercial o industrial, podrán ser adquiridos en tres y seis cuotas.
Fuente: Infobae