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Teletrabajo: la industria publicitaria advierte sobre las falencias de la ley

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La Ley de Teletrabajo, sancionada la semana pasada, pero aún no reglamentada no para de cosechar comentarios con tono preocupado de parte de los empresarios. Esta vez fue la industria publicitaria la que manifestó las dificultades que la norma implicaría “en un contexto de difícil aplicación”.

En un comunicado firmado en conjunto por la Asociación Argentina de Publicidad (AAP), la Asociación de Marketing Digital e Interactivo (AMDIA), la Cámara Argentina de Agencias de Medios (CAAM), Interactive Advertising Bureau (IAB) e Interact, los diferentes actores de la industria publicitaria expresaron que “promover el teletrabajo contribuiría enormemente a la competitividad de nuestro país en la economía global” y que no se trata exclusivamente de una modalidad “pandémica”, sino una tendencia a nivel mundial.

El primer gran punto que preocupa a estas asociaciones, como la mayoría de las cámaras e instituciones que se manifestaron en contra de algunas de las disposiciones de la ley, es la reversibilidad, que a grandes rasgos introduce la posibilidad de que un empleado que está teletrabajando pueda solicitar volver a trabajar de manera presencial.

“Este artículo haría inviable la implementación de esta modalidad de trabajo ya que las empresas no pueden disponer de un espacio ‘por las dudas’ en sus lugares de trabajo una vez que el empleado comenzó con las tareas desde su hogar”, explicaron desde las mencionadas cámaras.

A su juicio, la reversibilidad debería aplicarse “únicamente a empleados que ingresaron en modo presencial” debería contar con un plazo de vencimiento de, por ejemplo, 90 días, además de ser de común acuerdo entre el trabajador y su empleador.

En las puertas de una reglamentación, fuentes del Ministerio de Trabajo confirmaron a LA NACION que este será uno de los puntos que se revisará. Tal como lo entiende el Gobierno hoy, la reversibilidad no es inaplicable para los nuevos trabajadores. Según detallaron, no puede ejercerse este derecho porque no habría una condición preexistente a la que retornar. Es decir, si una persona nunca tuvo un escritorio en una oficina, no podría “revertir” su forma de trabajar porque en principio nunca estuvo en el otro escenario.

Por otra parte, respecto del “derecho a la desconexión digital” que propone la ley, las cámaras sostienen que “cualquier limitación sobre horarios de conexión y comunicación no debería afectar la funcionalidad de la plataforma de trabajo, sino sólo establecer que el empleado no está obligado a responder fuera de hora”.

Por otro lado, el comunicado de las entidades de la industria de la publicidad también se refiere a argumentos que aseguran que la normativa, tal como está expresada en sus artículos 15 y 16, “dificultará a las empresas ejecutar de forma adecuada sus políticas de privacidad y gobernanza de datos”. Sostienen que esto puede poner en peligro el estado de “país de protección adecuada” que Argentina disfruta con la Unión Europea, “y que permite que las empresas exporten sus servicios”.

Además, dicen, “prohibir el software de vigilancia deja expuestas a las empresas a uno de los principales riesgos del mundo digital”, la ciberdelincuencia.

Los representantes del sector publicitario añaden que, con respecto a la provisión de herramientas que propone la ley, “el valor de cualquier elemento de trabajo o compensación que provea el empleador debería tener cualidad de no remunerativo y ser deducible del impuesto a las ganancias”.

Tal como está redactada hoy la norma, algunos especialistas en derecho laboral entienden que estas herramientas pasarían a ser parte del salario (porque no se explicita lo contrario), de modo tal que computarían en indemnizaciones y aguinaldos, por ejemplo.

Sobre la flexibilidad horaria para las personas que estén a cargo del cuidado de niños, adultos mayores o personas que requieran asistencia, las cámaras entienden que “no debería haber provisiones especiales para personas con tareas de cuidado” porque “es discriminatorio para los trabajadores presenciales y a la larga reduce la empleabilidad de las mismas personas que pretende beneficiar”.

A pesar de que la Ley de Teletrabajo no especifica el género de las personas que tienen derecho a la flexibilidad horaria por realizar tareas de cuidado, las empresas entienden que, al ser las mujeres quienes históricamente tuvieron la mayor responsabilidad en tareas de cuidado, podría producirse un sesgo negativo hacia las posibles empleadas.

Finalmente, las cámaras aseguran que la ley “no contiene medidas de promoción del teletrabajo”, un punto “vital para la competitividad del país en la economía global”. Temen que la ley “tan importante para el sector, y que podría generar nuevas fuentes de trabajo, mejores condiciones para los empleados y mayores oportunidades de crecimiento y exportación de nuestras actividades”, se convierta en cambio “en una limitación”.

Anunciaron, además, que se encuentran realizando gestiones para que sus opiniones y puntos de vista sean tenidos en cuenta en el marco de la reglamentación de la ley.

Fuente: La Nación


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