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Sanciones a dos empresarios por no cumplir con las normas vigentes.

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La Secretaría de Relaciones Institucionales y Defensa del Consumidor multó a los propietarios de dos playas de estacionamiento, por incumplir con la ley nacional N° 24240 de Defensa del Consumidor y la ley provincial n° 7464 de facturación de guarderías de vehículos.

La secretaría, dependiente del Ministerio de Gobierno, Seguridad y Derechos Humanos, aplicó las sanciones en dos playas céntricas que no cumplieron con la normativa vigente en lo que se refiere a información sobre tarifas, ausencia de reloj tarifero y modo de facturación.

Las playas sancionadas fueron la denominada 9 de Julio, ubicada en España 438 y la Cooperativa 12 de Mayo, sita en Belgrano 733. Ambas guarderías estaban infringiendo la normativa vigente en la facturación, que pasada la primera hora, el tiempo adicional debe computarse en fracciones de 15 minutos y en cada fracción de tiempo adicional no podrá facturarse un monto mayor al 25% de la tarifa a percibir por 1 hora de estadía en el lugar. Además no contaban con información suficiente para el consumidor o carecían de reloj tarifero.

Estas series de multas se desprenden del relevamiento que realiza la Secretaría de Defensa del Consumidor en las playas de estacionamientos y guarderías, con el fin de resguardar los derechos de los usuarios y evitar las situaciones de abusos por parte de las empresas a sus clientes.


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