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Multan en Salta a financiera por cobrar una deuda inexistente

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Una empresa financiera fue multada por la Secretaría de Defensa al Consumidor de Salta por el cobro de una deuda a una persona que nunca adquirió los servicios financieros facturados.

El secretario de Defensa del Consumidor de Salta, Santiago Godoy, indicó hoy que se aplicó una multa de 8.000 pesos a la firma comercial Crédito Automático SA, “por infracción a los artículos 4 y 8 bis de la ley 24240, que refieren al trato indigno y el deber de información”.

El expediente se inició en el organismo con la denuncia de un consumidor que a pesar de no haber contratado los servicios financieros que otorga Crédito Automático recibía insistentes llamados y cartas de intimación de aviso de cobro prejudicial, informándole la existencia de una deuda impaga.

El usuario, al desconocer la procedencia de la deuda de 3.220 pesos, solicitó información a la empresa financiera, pero ésta se negó a brindarle detalles del resumen cuestionado.

Ante esa situación, se realizó la denuncia correspondiente en Defensa del Consumidor y luego de celebrarse la audiencia de conciliación, la financiera reconoció no tener detalles o un resumen de las actuaciones reclamadas, por lo que le otorgó al consumidor la constancia de la baja y la cancelación de la deuda.

Por su parte, el damnificado solicitó la sanción a la firma por los daños que le ocasionaron las intimaciones que recibía por línea telefonía, al domicilio laboral y a través de carta documento.

De esa manera, la empresa sancionada le hacía saber que en caso de no cancelar la deuda en un plazo de diez días, se procedería al inicio de ejecución sobre bienes o sueldos.

Godoy explicó que “las intimaciones extrajudiciales es uno de los reclamos más frecuentes en relación al cobro de deudas desconocidas por los consumidores”.

“En todos los casos, el consumidor tiene derecho a solicitar información clara, cierta y detallada respecto de la deuda que intenta cobrarse”, detalló.

El cobro de la misma “debe ser reclamado respetando su dignidad, brindando toda la información necesaria para poder determinar la legitimidad de la misma y no desplegar ninguna conducta de cobranza que acose, intimide, humille o avergüence a la persona”, finalizó el funcionario.

Télam


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