A partir del 22 de octubre en la Dirección de Fiscalización del Ministerio de Cultura y Turismo, Buenos Aires 93, se realizarán las inscripciones en el Registro de guías de turismo. Los operadores y prestadores que ofrezcan servicios de visitas guiadas deberán contratar a los que se hallen inscriptos. Este registro busca la profesionalización de la actividad, mediante una constante capacitación y estudios profesionales, en cuales puedan conocer cada una de las distintas realidades de las regiones de la Provincia, de manera de lograr un equilibrio entre las necesidades de turistas, agencias de turismo y guías de turismo.
En este sentido, el registro constituye una herramienta eficaz para contar con una base de datos de aquellas personas físicas que, en forma remunerada o gratuita, presten servicios de recepción, acompañamiento, orientación y transmisión de información en materia cultural, turística, histórica, geográfica y ecológica a personas o grupos en visitas y excursiones en el ámbito de la provincia de Salta.
De este modo queda establecido un marco apto para el desempeño responsable de dicha actividad, con los beneficios que ello implica en materia de calidad para un destino turístico.
La Provincia reglamentó la Ley 7404 y su modificatoria 7673 de Guías de Turismo, a través del decreto 3129 del día de la fecha. Con esta reglamentación, los operadores y prestadores de servicio turístico que desempeñen su actividad en el ámbito de la Provincia y ofrezcan la prestación servicios de visitas guiadas deberán contratar para el ejercicio de dicha actividad a los Guías de Turismo inscriptos en el Registro que se crea a tales efectos.
Cabe destacar que la Ley de Guías se formuló en un marco de un proceso de participación, en el que se le dio la posibilidad de aportar sugerencias y recomendaciones a los distintos actores involucrados.









