Luego de que a fines de septiembre el Senado aprobara la modificación del Impuesto a las Ganancias por 38 votos a favor, este viernes se publicó en el Boletín Oficial los cambios en la escala del gravamen para los mayores ingresos.
Así se creó un impuesto cedular que fija el pago del tributo únicamente para los ingresos superiores a 15 salarios mínimos mensuales, que hoy representan más de $1.770.000, pero llegaría a $2.000.000.
De esta manera, la ley sancionada por el Congreso de la Nación el pasado 28 de septiembre tiene como objetivo aumentar la recaudación del impuesto a los ingresos más altos, principalmente de los trabajadores en relación de dependencia, jubilados y pensionados.
Los principales cambios introducidos por la ley son los siguientes:
- Se crea un nuevo capítulo en la ley, el Capítulo III, que establece un impuesto cedular sobre los mayores ingresos del trabajo en relación de dependencia, jubilaciones y pensiones de privilegio y otros.
- Los mayores ingresos, a los efectos de este capítulo, son aquellos comprendidos en los incisos a), b) y c) del artículo 82 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, con algunas excepciones.
- Los contribuyentes que obtengan mayores ingresos tendrán derecho a deducir, únicamente, en concepto de mínimo no imponible, la suma equivalente a ciento ochenta (180) Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (SMVM) anuales.
- La tasa del impuesto cedular será progresiva, con una alícuota máxima del 35%.
- Los párrafos cuarto y quinto del inciso c) del primer párrafo del artículo 30 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, que establecían una reducción en el impuesto a las ganancias para los trabajadores en relación de dependencia que percibieran hasta un determinado monto, son derogados.
La ley entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial y resultará de aplicación a partir del año fiscal 2024 y siguientes.
En concreto, los cambios más significativos son los siguientes:
- La creación de un nuevo impuesto cedular sobre los mayores ingresos: Este impuesto se aplicará a los ingresos de los trabajadores en relación de dependencia, jubilados y pensionados que superen un determinado monto. La alícuota del impuesto será progresiva, con una alícuota máxima del 35%.
- Eliminación de la reducción en el impuesto a las ganancias para los trabajadores en relación de dependencia: Esta reducción se aplicaba a los trabajadores en relación de dependencia que percibieran hasta un determinado monto. La eliminación de esta reducción implica que los trabajadores en relación de dependencia con ingresos más altos pagarán más impuestos.
Fuente: Ámbito