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Habilitan a las prepagas y obras sociales a restringir la cobertura de medicamentos de alto costo en los planes cerrados

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  • La nueva resolución apunta a que solo médicos de la cartilla emitan recetas y órdenes para afiliados de planes cerrados.
  • La medida busca reducir gastos en el sistema de salud y que los médicos que no conocen la historia clínica del paciente prescriban medicamentos.
  • Los pacientes que deseen elegir profesionales externos deberán pagar los medicamentos sin descuento u optar por planes abiertosde mayor costo mensual.

La Resolución 3934/2024 de la Superintendencia de Servicios de Salud, publicada en el Boletín Oficial, estableció nuevos lineamientos para planes de salud de las obras sociales y prepagas, con requisitos específicos sobre la presentación de cartillas de prestadores, condiciones de acceso y cobertura, entre otros puntos. El texto lleva la firma de Gabriel Oriolo, superintendente de Servicios de Salud.

La novedad más importante es que, a partir de la resolución publicada este lunes, únicamente los profesionales incluidos en las cartillas de cada prepaga podrán emitir las recetas y órdenes de tratamiento necesarios para que los pacientes que cuentan con este tipo de cobertura. En cambio los afiliados a planes abiertos continuarán con las mismas prestaciones.

La disposición argumenta que esta limitación busca “garantizar la sostenibilidad del sistema”. La medida, dijeron fuentes del Ministerio de Salud a Infobae apunta a los medicamentos de alto costo, que en muchos casos eran prescriptos por profesionales que no forman parte de los prestadores de las compañías. De esta forma, el Gobierno espera que esta Resolución actúe como un reaseguro ante la judicialización de casos para reclamar la cobertura de fármacos de precios elevados como algunos oncológicos, genéticos o experimentales.


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