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Finalmente, en Ledesma, se llegó a un acuerdo salarial

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El titular de la CTA Jujuy, José del Frari, destacó el acuerdo alcanzado por el Sindicato de Obreros y Empleados del Azúcar del Ingenio Ledesma (SOEAIL) y esa empresa, que permitió romper el techo nacional salarial que tenía ese sector, incorporando temas laborales que no quería negociar la patronal, como condiciones de seguridad y el trabajo en días de lluvia.

Del Frari resaltó lo estipulado en una de las actas, como por ejemplo la ratificación de la vigencia de la “Gratificación Anual Extraordinaria por Zafra” no remunerativa, que será abonada en forma mensual y proporcional a los días trabajados en cada mes por el trabajador.

Se agrega,además, que cuando a causa de las condiciones climáticas (lluvia, viento o nieve) el trabajador no pueda realizar sus tareas, la empresa asegurará en la quincena que ello suceda, un pago mínimo de 12 jornales. El trabajador devolverá el tiempo abonado en exceso en las dos quincenas siguientes a un máximo de 4 horas adicionales por día, siempre antes del corte de ficha. Dichas horas serán consideradas como adicionales (no extras) y por lo tanto serán pagadas como normales.

También figura en este acuerdo la aplicación de un premio por asistencia y puntualidad durante el periodo de zafra para el personal permanente de ingenio, que consistirá en el importe de cinco jornales básicos por zafra. Dos días de falta por cualquier causa reducirá este premio a la mitad y con tres días de faltas el premio quedará cancelado.

El personal temporario de Ingenios tendrá derecho a percibir para las zafras de 100 o más días un premio de cinco jornales básicos; para las zafras de 75 días un premio de cuatro jornales; para las zafras de 50 días un premio de tres jornales y para una zafra de 25 días un premio de dos jornales, en iguales condiciones para su obtención total o parcial que para el personal permanente.

Además las partes acuerdan que a los efectos de este premio no se considerarán como inasistencias las producidas por el uso de las licencias legales del trabajador con motivo de fallecimiento y nacimiento.

Fuente: diariojujuy.com


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