Secciones

Economía & Negocios

Exigen a grandes consumidores eléctricos que generen su propia energía para conectarse al sistema

Compartí esta nota

Desde que Javier Milei es presidente, uno de los pocos sectores que se mantienen pujantes es el de la energía. Esto con una lógica netamente de impulso desde los privados para la inversión y la mayor generación, ya que la gestión libertaria retiró al Estado de ese rol. Tanto así, que incluso en el proyecto de Presupuesto 2027 las partidas para el área son menos que para este año.

Con esa lógica, el Gobierno dio un nuevo paso. La Secretaría de Energía del Ministerio de Economía decidió que los nuevos proyectos con grandes consumos eléctricos deberán garantizar su propia energía y potencia para ingresar al Mercado Eléctrico Mayorista (MEM). Así lo dispuso mediante la Resolución 264/2026, que estableció el Régimen de Demandas Extratendenciales (XDEM), que alcanzará a nuevas demandas o ampliaciones de consumos existentes que representen al menos 0,5% de la demanda media del sistema, equivalente hoy a unos 80 MW.

Según explicaron desde el Gobierno, la medida apunta a ordenar el ingreso de proyectos de alto consumo, como centros de datos, minería y otras actividades electrointensivas, sin comprometer la seguridad de abastecimiento de hogares, comercios, pymes e industrias que ya forman parte del sistema eléctrico.

El criterio central es que esas nuevas demandas no podrán abastecerse usando la reserva disponible del MEM ni trasladar sus costos al resto de los usuarios a través de las facturas. Cada proyecto deberá contratar nueva generación o desarrollar abastecimiento propio para respaldar su consumo.

Según explicaron desde el Gobierno, la medida apunta a ordenar el ingreso de proyectos de alto consumo.

Según explicaron desde el Gobierno, la medida apunta a ordenar el ingreso de proyectos de alto consumo.

Qué establece el nuevo régimen

El Régimen de Demandas Extratendenciales obliga a los grandes proyectos a cubrir al menos 80% de su consumo mensual con contratos de generación nueva. Además, deberán contar con potencia firme por el 100% de su demanda máxima.

En el caso de los centros de datos, la exigencia será mayor: deberán respaldar el 115% de su demanda máxima, debido a su consumo continuo y a la sensibilidad operativa de estas instalaciones.

Cada proyecto podrá elegir libremente la tecnología y el proveedor con los que se abastecerá. La resolución también permite que esa energía provenga de generación propia instalada en el mismo punto de conexión.

El esquema alcanza tanto a nuevas demandas como a ampliaciones de consumos existentes. También incorpora a proyectos que se conecten a través de distribuidoras, un punto que amplía el alcance del régimen frente a normas anteriores.

Prioridad para usuarios ya conectados

La Secretaría de Energía planteó que el régimen pone en primer lugar a los usuarios que ya integran el sistema. En caso de falta de oferta o restricciones de abastecimiento, tendrá prioridad el suministro de hogares, comercios, pymes e industrias frente a grandes demandas que no cuenten con respaldo suficiente.

El objetivo oficial es evitar que la entrada de nuevos consumos de gran escala reduzca la reserva disponible del sistema o genere mayores costos para el resto de los usuarios.

La medida profundiza el proceso iniciado con la Resolución 400/2025, que ya había dispuesto que las grandes demandas nuevas debían contar con respaldo físico propio. Ahora, el Gobierno amplía ese criterio a proyectos conectados mediante distribuidoras y a incrementos relevantes de consumos existentes.

Centros de datos, minería y nuevas inversiones

La decisión llega en un momento en el que la Argentina busca atraer proyectos intensivos en energía, especialmente centros de datos, minería y actividades asociadas a infraestructura tecnológica. Esas inversiones pueden demandar bloques de potencia equivalentes al consumo de ciudades medianas y requieren previsibilidad para conectarse al sistema.

El nuevo régimen busca fijar una regla previa: el proyecto podrá ingresar, pero deberá hacerlo con su propio respaldo energético. De esa manera, el Gobierno intenta separar el crecimiento de grandes consumos privados de la disponibilidad de energía destinada al abastecimiento general.

Para los inversores, la norma define de antemano qué condiciones deberán cumplir para conectarse. Para el sistema eléctrico, establece una barrera de protección sobre la reserva y la potencia disponible.

El umbral de 80 MW

El régimen se aplicará a demandas nuevas o ampliaciones que representen al menos 0,5% de la demanda media del MEM. Según la Secretaría de Energía, ese umbral equivale actualmente a unos 80 MW.

Ese nivel deja fuera a consumos industriales medianos, pero alcanza a proyectos de escala que pueden alterar la planificación eléctrica si ingresan sin respaldo propio.

La exigencia de contratos de generación nueva también busca evitar que los grandes consumidores compitan por energía existente sin sumar oferta adicional al sistema. En la práctica, las empresas deberán estructurar sus proyectos junto con acuerdos de abastecimiento o inversiones asociadas en generación.

Reglas para entrar al MEM

La Resolución 264/2026 fija un marco específico para que estas demandas puedan incorporarse al Mercado Eléctrico Mayorista. El criterio oficial es que cada gran proyecto se abastezca a su propio riesgo y sin que el costo de su consumo sea distribuido entre el resto de los usuarios.

La implementación quedará ahora atada a los procedimientos de conexión, los contratos de abastecimiento que presenten las empresas y la verificación de potencia firme suficiente para cubrir la demanda máxima exigida por la norma.

ÚLTIMAS NOTICIAS

+ LEÍDAS