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El blanqueo laboral se prorrogará 6 meses

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El titular de la AFIP, Ricardo Echegaray, prorrogará por otros seis meses el blanqueo laboral, mientras que la moratoria y la repatriación de capitales vencerían indefectiblemente el 31 de agosto venidero. En tanto, el ministro de Economía, Amado Boudou, dijo ayer que “estuve con Echegaray y manifestó que de ninguna manera habrá postergación del plazo para la exteriorización de capitales”.

Echegaray le prometió al presidente de la Unión Industrial Argentina, Héctor Méndez, que buscaría una solución para extender la regularización laboral hasta el 31 de diciembre próximo, por lo menos. Lo que haría es echar mano de la facultad que otorga la ley de blanqueo al Poder Ejecutivo para extender por otros seis meses su vigencia.

Tiene que hacerlo en las próximas horas, porque el trámite para exteriorizar la fecha real de ingreso y/o el total de la remuneración del trabajador vence el próximo sábado, mientras que el ingreso al plan de pagos lo hace el 31 de agosto próximo.

La regularización de los primeros 10 trabajadores perdona las deudas por capital e intereses vencidas al 31 de diciembre del 2007 por falta de pago de aportes y contribuciones jubilatorios y al PAMI, asignaciones familiares, ART y cuotas sindicales, entre otros.

Desde el número 11, se deberá pagar todo, pero con un plan de facilidades con un interés que no supere el 20% del capital adeudado, un interés anual de financiación del 6% calculado sobre cada cuota, un pago inicial a cuenta del 6% de la deuda y cuotas de hasta 10 años.

En todos los casos, el blanqueo libera de todas las infracciones, multas y sanciones a esa fecha respecto de las deudas regularizadas.

Además, no serán consideradas ganancias netas, gastos ni ventas para la determinación del Impuesto a las Ganancias e IVA del empleador los pagos realizados antes del 24 de diciembre de 2008 vinculadas con las relaciones laborales regularizadas.

Cuando exista un reclamo judicial o administrativo, el empleador podrá acogerse al régimen de blanqueo previsto, siempre que se allane al reclamo y/o desista de todo recurso, asumiendo las costas.

El empleador que hubiese abonado antes del 24 de diciembre pasado cualquier importe por intereses o multas en virtud de las obligaciones comprendidas en el régimen de blanqueo no tendrá derecho a reclamar su repetición ni reintegro.

Además del blanqueo, la ley prevé una reducción de contribuciones patronales a partir de la incorporación de un nuevo trabajador o de la registración de una relación laboral totalmente en negro.

La reducción regirá para contribuciones previsionales, al PAMI, al fondo de empleo, asignaciones familiares y Registro de Trabajadores Rurales.

El beneficio se extenderá durante 24 meses contados a partir de la incorporación del nuevo empleado o de la registración del empleado en negro.

Para mantener el beneficio no se podrá reducir la nómina durante dos años.


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