Dólar ahorro: ¿quiénes todavía estarán alcanzados por el recargo del 30%?
- Compra de dólar ahorro o sin destino específico vinculado al pago de obligaciones en el MULC o el pago de obligaciones de importación de mercaderías incluidas en la Nomenclatura Común del Sur (NCM).
- Cambio de divisas efectuados por las entidades financieras por cuenta y orden del adquirente, locatario o prestatario destinadas al pago de adquisición de bienes y/o prestaciones de servicios realizadas en el exterior, que se cancelen mediante tarjetas de crédito y débito. Se incluyen las compras realizadas en portales o sitios virtuales y cualquier otra modalidad de compras a distancia.
- Adquisición de servicios en el exterior contratados a través de agencias de viajes y turismo, mayoristas y minoristas del país.
- Adquisición de servicios de transporte terrestre, aéreo y por vía acuática de pasajeros con destinos fuera del país.
Dólar: cuáles son las operaciones excluidas de pagar el 30% de Ganancias
El impuesto está vigente para operaciones relacionadas con los denominados “dólar ahorro”, “dólar tarjeta” y “dólar turista” para no afectar la recaudación tributaria. Sin embargo, quedan excluidos del nuevo régimen el cobro de dividendos y la suscripción en pesos o títulos emitidos en dólares por el BCRA, que anteriormente estaban alcanzados por el “Impuesto PAIS”.
Pero además, se agrega dentro de la resolución que las operaciones excluidas serán las siguientes:
- Los gastos referidos a prestaciones de salud, compra de medicamentos, adquisición de libros en cualquier formato, utilización de plataformas educativas y software con fines educativos;
- Los gastos asociados a proyectos de investigación efectuados por investigadores que se desempeñen en el ámbito del Estado nacional, Estados provinciales, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los municipios, así como las universidades e instituciones integrantes del sistema universitario argentino.
- La adquisición en el exterior de materiales de equipamiento y demás bienes destinados a la lucha contra el fuego y la protección civil de la población por parte de las entidades reconocidas en la Ley N° 25.054 y sus modificaciones.
- La adquisición de servicios de transporte terrestre, de pasajeros, con destino a países limítrofes.
¿Quiénes no pueden comprar dólar MEP?
No pueden comprar dólar MEP las siguientes personas:
- Quienes hayan comprado dólar solidario en los últimos 90 días
- Quienes tengan pensado comprar dólar solidario en los siguientes 90 días
¿Quiénes no pueden comprar dólar ahorro?
No pueden comprar dólar ahorro las siguientes personas:
- Quienes compraron dólar MEP o CCL en los últimos 90 días.
- Quienes cobraron salarios en 2020 a través del programa de Asistencia a la Producción y el Trabajo (ATP).
- Quienes cobran planes sociales o ayudas estatales como la Asignación Universal por Hijo (AUH).
- Monotributistas que tengan en curso créditos a tasa subsidiada.
- Quienes no tienen sus ingresos declarados.
- Cotitulares de cuentas bancarias.
- Quienes gastaron con tarjeta su cupo de U$S200, lo que incluye el pago de servicios como Netflix o Spotify en dólares.
- Aquellos que tienen un plan de pago a 12 cuotas por deudas con tarjeta de crédito.
- Quienes refinanciaron con bancos sus deudas por créditos personales, prendarios o hipotecarios.
- Beneficiarios del refuerzo de ingresos que se pagó en mayo y junio de 2022.
- Aquellos que reciben subsidios estatales para el pago de las tarifas de luz y gas desde septiembre de 2022.
- Personas que ingresen a la moratoria previsional para jubilarse sin contar con los 30 años de aportes obligatorios.
- Trabajadores registrados, jubilados y pensionados de la ANSES que accedan a los nuevos créditos de hasta $400.000.
Fuente: Ámbito