Dólar Solidario y dólar Tarjeta
Tanto para el dólar Solidario como el dólar Tarjeta (tarjeta hasta USD 300 mensuales) su valor estará determinada por adicional 30% de Impuesto PAIS a lo que se agrega el 45% de Percepción Ganancias.
Este viernes la cotización del dólar Solidario se ubicaba en $462 en tanto el dólar Tarjeta en $490.
Se mantendrá el dólar Qatar para los consumos superiores a u$s 300 mensuales.
Se estima que unas 900 mil personas adquieren el dólar Solidario por un monto de u$s 150 mensuales.
Importaciones
Servicios
El gobierno tomó la decisión de establecer diferentes alícuotas para incrementar el valor del tipo de cambio para las importaciones.
A través de la aplicación del Impuesto País se establece que todos los servicios pasarán a tener un incremento del 25% exceptuando a los fletes, cuya alícuota será del 7,5%, y Salud y Educación que están exentos por artículo 36 de la Ley 27.541.
También están excluidos de esta nueva normativa los Recitales por estar ya alcanzados con un 30% adicional.
Los bancos serán quienes retengan el impuesto al momento que los importadores acceden al MLC. Cabe señalar que esta disposición no se aplica si se paga con dólares propios.
Al respecto, el economista Jorge Vasconcelos señala en el informe del IERAL que “desde diciembre de 2021, el precio de los productos importados aumentó 227% hasta junio de 2023, mientras que el tipo de cambio oficial lo hizo un 144% y el CCL un 135,1 %. El tipo de cambio implícito de los productos importados sería entonces de $ 320, una brecha de 20,3 % sobre el tipo de cambio oficial”.
Bienes
En el caso de las importaciones de bienes se generaliza en la alícuota del 7,5% correspondiente al impuesto País. La percepción también se aplicará sobre todas las importaciones incluidas los ingresos a Zona Franca y de Tierra del Fuego.
Están exceptuados del pago al Impuesto País:
- Medicamentos y material para combatir el fuego, exentos por artículo 36 de la Ley 27.541.
- Aquellos productos suntuarios, que ya pagan el 30%,
- Combustibles, lubricantes y energía
- Insumos vinculados a la canasta básica alimentaria, seguirán sin pagar el Impuesto País.
El impuesto será percibido por los bancos al momento de que los importadores acceden al MULC.
En todos los casos estas disposiciones no se aplican si se pagan con dólares propios.
Temporales
No serán afectadas las importaciones que generan exportaciones como es el caso del poroto de soja y sector automotor.
En tanto, las importaciones temporales del Decreto 1330/2004 y Decreto 688/2002 (esquema RAF) de automotrices quedan fuera del alcance del Impuesto PAIS solo si el “pago” de la importación se efectúa luego del “cobro” de la exportación relacionada y/o prefinanciación con fondos propios.
El régimen de importación temporal establece que la entrada al país de mercancías por tiempo limitado y con una finalidad específica, siempre que retornen al extranjero.
Para su implementación se creará un padrón con las empresas que solicitan este beneficio.
Ámbito Financiero