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Comercios de productos derivados de fauna deben inscribirse en un registro

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Todos los negocios minoristas y/o mayoristas que comercializan productos o subproductos de fauna silvestre en todo el territorio provincial, deben estar inscriptos en este registro.

El ministerio de Ambiente y Producción Sustentable informa a todos los comercios que se dediquen a actividades relacionadas con la fauna silvestre, terrestre o acuática, que deberán inscribirse en los registros que habilita el organismo de aplicación, es decir, la Secretaría de Ambiente.

Esto incluye a los comercios conocidos como “regionales” que acopian y comercializan cueros/pieles sin proceso productivo; los que realizan producción de artículos con los mismos como los talleres de marroquinería que producen billeteras, zapatos, carteras; peleterías y veterinarias que comercializan loros y catas australianas, entre otros.

La medida dispuesta surge a partir del artículo 6 de la Ley Nº 5513 de Protección de la Fauna Silvestre, todas las personas y comercios que realicen estas actividades tienen que acreditar la legal procedencia de los mismos.

La inscripción, que es de carácter obligatorio, debe realizarse personalmente o con poder del propietario, en la Secretaria de Ambiente del Ministerio de Ambiente y Producción Sustentable, Santiago del Estero 2245, 2º piso, dpto. 16, Programa Biodiversidad, tel. 0387 – 421 4187. Correo electrónico de consulta: biodiversidadfauna@hotmail.com

La inscripción a este registro deberá realizarse en el plazo de 30 días hábiles, desde el momento en que esta información se difunda en los medios.

Fuente: Prensa Gobierno


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