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Comerciantes deben declarar cartelería

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Tienen que presentar una declaración jurada por todos los anuncios que exhiban en sus locales. Los Pequeños Contribuyentes deberán reempadronarse en la Tasa por Inspección de Seguridad, Salubridad e Higiene.  Los comerciantes de la ciudad deben presentar una declaración jurada por todos los carteles que exhiban en sus locales. Así se dispuso a través de la resolución 002/09 de la Dirección General de Rentas de la Municipalidad. La documentación puede presentarse hasta el 6 de febrero próximo.Para constar su cumplimiento, los propietarios de negocios tendrán que llenar un formulario que reviste el carácter de declaración jurada. El trámite se realiza en Rentas de la comuna, en Balcarce y España, 1° piso.La resolución permite un mayor control de los comerciantes que tributan por la Tasa sobre Publicidad y Propaganda. El impuesto es anual y se liquida y abona mensualmente de acuerdo al calendario impositivo del 2009.  Reempadronamiento para Pequeños ContribuyentesLa Dirección de Rentas elaboró también una resolución que establece que los comerciantes Pequeños Contribuyentes deberán reempadronarse en el Régimen Simplificado de la Tasa por Inspección de Seguridad, Salubridad e Higiene. Para tal fin, la dependencia dispuso de un formulario que tiene carácter de declaración jurada. El plazo para realizar este trámite es hasta el 6 de febrero. El fin de la normativa es la de adecuar y clarificar el esquema de cálculo del tributo a ingresar por parte de los contribuyentes.


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