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Ajustan pautas para la exportación de mercadería

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dio a conocer nuevas medidas tendientes a profundizar los controles de sobre la exportación de mercadería. Mediante la nota externa 112/2008, el organismo determinó que a partir de ahora, las mercaderías que ingresen a depósito provisorio de exportación en los depósitos fiscales habilitados por la Dirección General de Aduanas, deberán como regla general, encontrarse amparadas por una destinación de exportación en estado “oficializado” en el Sistema Informático María (SIM).

La nota aclara además que excepcionalmente, para los exportadores habituales que cuenten con estándares de confiabilidad acreditados ante el Servicio Aduanero, se aceptará el ingreso de mercaderías a depósito provisorio de exportación cuando las mismas estén respaldadas por un remito “R”, constatando la consistencia y vigencia del CAI (Código de Autorización de Impresión) del comprobante respaldatorio en cuestión.

Los responsables de los depósitos fiscales deberán informar a la Dirección de Gestión del Riesgo dependiente de la Subdirección General de Control Aduanero, dentro de los próximos treinta días, la nómina de exportadores habituales que operen frecuentemente en cada depósito fiscal.

Dicha información será considerada para la elaboración de los perfiles de riesgo, según aclara el organismo.


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