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Enero, mes de reintegros para monotributistas

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) tiene que reintegrar un mes del componente impositivo que abonaron los monotributistas cumplidores durante enero.

El marco legal establece que podrán acceder al beneficio los pequeños contribuyentes que cumplieron, en tiempo y forma, con el pago de todas las cuotas de los componentes impositivos y previsionales correspondientes al 2008, únicamente mediante la modalidad de débito directo en cuentas bancarias o por débito automático en una tarjeta de crédito.

Este beneficio de “incentivo al cumplimiento”, está previsto en el decreto 806/04 y reglamentado por la resolución (AFIP) 2150.

Como se ve no todos los monotributistas tienen premio, ya que los contribuyentes que pagaron puntualmente las cuotas personalmente en el banco, a pesar de haber cumplido en tiempo y forma, no se benefician con el reintegro.

El decreto establece que cuando se trata de un año incompleto o irregular, por ejemplo, un monotributista que inició su actividad después de enero de 2007, el reintegro de la parte impositiva procederá en un 50%, en la medida que la cantidad de cuotas ingresadas con la modalidad prevista fueran entre seis y once, ambas inclusive.

Si el pequeño contribuyente no posee cuenta bancaria o tarjeta de crédito, tiene la posibilidad de solicitar la apertura de una caja de ahorro fiscal, que no tiene costo, en cualquier sucursal del Banco de la Nación Argentina.

Una vez abierta, tiene que solicitar al banco que habilite el procedimiento de débito automático para el pago de la obligación mensual del Monotributo.

Fuente: Infobae Profesional 

 


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