Mediante la Resolución General 5370/2023 se dio paso a la modificación de las normativas 140, 2459, 3349 y 4011 predecesoras, “a efectos de recuperar el carácter de parámetro objetivo representativo de las operaciones alcanzadas en cada caso”.
En tanto, el artículo 6° del texto firmado por Carlos Castagneto estipula la entrada en vigencia de los nuevos topes a partir del 1 de julio.
AFIP cambió los montos de retención y percepción, ¿cómo quedan los nuevos valores?
A través del artículo 1°, se modificó la Resolución General 140° del régimen de retención del impuesto al valor agregado aplicable a los comerciantes, locadores o prestadores de servicios que se encuentren adheridos a sistemas de pago con tarjetas de crédito y/o compra.
De esta forma, desde el 1 de julio la suma actual de $ 900 ascenderá a $ 2000.
Fuente: El Cronista