Hoy se tratará en el Senado un proyecto de ley que crispó los ánimos en el ámbito privado: el del teletrabajo, que ya tiene media sanción en Diputados. Las cámaras empresarias, que no fueron invitadas al debate, argumentan que sería el fin de un régimen que, a su juicio, hasta el momento viene funcionando bien y que hay condiciones que harían “inviable” la opción de contratar a un teletrabajador.
Se espera que el proyecto de ley sufra algunos cambios hoy en la Cámara Alta, por lo que debería volver a Diputados. Según pudo saber no hay consenso sobre cuáles serían esas modificaciones, pero hay versiones que van desde el artículo que refiere a los accidentes de trabajo hasta el de la reversibilidad, el que generó más polémica entre las cámaras empresarias.
En diálogo, representantes de cámaras de distintas industrias hicieron referencia a los puntos que juzgan más polémicos sobre el proyecto. Tal como está planteada hoy, la ley, que empezaría a regir 90 días después de que finalice el aislamiento social preventivo y obligatorio, establece algunos criterios marco como el derecho a la desconexión digital del empleado, la provisión de elementos de trabajo y la reversibilidad, es decir, la condición que permite al teletrabajador pasar a ser un empleado presencial en cualquier momento de la relación.
Ese último punto es el que más preocupa a los empleadores, hoy más enfocados en achicar metros cuadrados, inversiones en infraestructura y costos fijos que en agrandarlos. En caso de que el teletrabajador quiera pasar a modalidad presencial, “el empleador le deberá otorgar tareas en el establecimiento en el cual las hubiera prestado anteriormente, o en su defecto, en el más cercano al domicilio del dependiente, en el cual puedan ser prestadas”. En caso de que eso no suceda, la norma indica que el empleado podría considerarse despedido.
“Las empresas no quieren tener una cantidad de escritorios vacíos preparados para esta situación, nadie quiere tener un costo hundido”, señala Brenda Puig, líder de la Red de Abogados de Empresa de IDEA. “Esto da un nivel de contingencia terrible y mata lo que ya andaba bien”, añade. La abogada explica que, tal como está redactada hoy la ley, se entiende que la reversibilidad aplicaría solo a las personas que hoy están trabajando en formato presencial y pasan al formato a distancia, pero que desean volver a su antigua condición. Los colaboradores que luego se contraten en formato teletrabajador no podrían hacer uso de este derecho.
En ese sentido, Edith Pecci, emprendedora del sector de servicios y miembro del Comité de IDEA Pyme, explicó que se generaría una diferencia entre la fuerza laboral actual de las empresas y la potencial. Como el costo de tener espacios “por las dudas” para las pequeñas y medianas compañías es muy alto, elegirían no armar esquemas mixtos de trabajo a distancia y presencial entre sus actuales empleados.
En el mismo sentido, Luis Galeazzi, CEO de Argencon, la cámara que nuclea a las empresas que trabajan en la economía del conocimiento -y en las que hay más de 30.000 personas que teletrabajan-, detalla que entre las empresas de servicios hay trabajo que se realiza por proyectos y en distintos puntos del país. “Un trabajador podría hacer uso de su derecho a la reversibilidad y podría pedir volver de cualquier lugar lejano; esto va en contra de la experiencia que tenemos: es una ley que, aun con buenas intenciones, comete errores en las apreciaciones”, dice.
Los consultados abogan por una “bilateralidad” de la reversibilidad: es decir, que no pueda ser una decisión solamente del empleado, sino que haya una instancia de negociación en la que el trabajador pueda adaptarse al pedido, y eventualmente rechazarlo si no hay condiciones de infraestructura suficientes, por ejemplo.
Otro punto que cuestionan los empresarios tiene que ver con la provisión de herramientas de trabajo para el empleado. En ese sentido, la ley plantea que el empleador debe proporcionar “el equipamiento -hardware y software-, las herramientas de trabajo y el soporte necesario para el desempeño de las tareas y asumir los costos de instalación, mantenimiento y reparación”, o la “compensación por la utilización de herramientas propias de la persona que trabaja”.
La ley también establece que la persona que está empleada bajo la modalidad del teletrabajo tendrá “derecho a la compensación por los mayores gastos en conectividad y/o consumo de servicios que deba afrontar”.
Tal como está redactado, Esteban Carcavallo, socio de Bomchil Abogados, entiende que las herramientas que se brinden para teletrabajar pasarían a considerarse parte del salario de los empleados porque no aclara que sean no remunerativas. Es decir, de esta manera serían un costo más, porque quedarían incluidas en el cálculo del aguinaldo y en una eventual indemnización por despido, por ejemplo.
El abogado interpreta que la definición de teletrabajo que plantea la ley hace que estos derechos sean generales para todas las personas sin importar cuántas horas teletrabajan, es decir, “para el que lo hace en modalidad remota toda la semana y el que tiene el beneficio un día al mes por decisión corporativa”, lo que complicaría todavía más la posibilidad de planear una buena política de trabajo a distancia para las firmas.
El derecho a la desconexión digital es otro de los puntos en los que hay grises en el debate del sector privado. En condiciones extraordinarias, en las que el teletrabajo no se eligió sino que se impuso por causas de fuerza mayor, casi un 40% de las personas que está realizando sus tareas en esta modalidad durante la cuarentena admite que está trabajando más horas que antes, según una encuesta de Quiddity, la división de investigación de mercado, opinión pública y big data del grupo Untold. Pero la norma no regulará para tiempos de aislamiento, sino para lo que viene después.
El comentario generalizado es que debería haber cierta flexibilidad a la hora de plantear el derecho a la desconexión, o al menos cierta libertad para manejarlo en sectores donde hay emergencias fuera del horario de 9 a 18.
Para Cessi, la cámara de empresas del software, por ejemplo, el derecho a la desconexión no sería un inconveniente, admite su presidente, Sergio Candelo, aunque admite que la rigidez a la hora de aplicarlo va en contra de la dinámica diaria en el trabajo del sector, en la que se puede dar, por ejemplo, que un colaborador esté en un momento de esparcimiento, “desconectado” parcialmente, durante su horario laboral.
Para el sector del software en particular, que está acostumbrado a trabajar en este esquema, la norma hará que talento altamente calificado elija trabajar para clientes extranjeros en modalidad “freelance” ante la dificultad de que una empresa argentina decida contratarlo en modalidad de teletrabajo por las contingencias que eso pasaría a significar si se aprueba la ley.
Por otro lado, los consultados también se refirieron al artículo que refiere a las tareas de cuidado. Las personas que trabajen bajo esta modalidad y que acrediten tener a su cargo, de manera única o compartida, el cuidado de personas menores de 13 años, personas con discapacidad o adultas mayores que convivan con la persona trabajadora y que requieran asistencia específica, “tendrán derecho a horarios compatibles con las tareas de cuidado a su cargo y/o a interrumpir la jornada”, dice la norma.
Para Puig, por un lado este punto es injusto para quienes realizan tareas de forma presencial, pero también implicaría una traba para el desarrollo profesional de las mujeres, hoy mayoritariamente a cargo de las tareas de cuidado. El argumento de los empresarios es que eso llevaría a que se privilegie contratar a hombres para teletrabajar. Sin embargo, en la norma no está indicado que haya diferencias de género ni que haya obligatoriedad de hacer uso de este derecho por parte del empleado.
Finalmente, los líderes de las cámaras empresariales también se refirieron a lo que ellos consideran dos “errores” en la génesis del proyecto. Por un lado, consideran que se está legislando en un período extraordinario, en el que el teletrabajo adquiere algunas características que habitualmente no tiene, ya que en la normalidad prepandemia nadie estaba “confinado” en su hogar como hoy, para algo que entrará en vigencia cuando se vuelva a la normalidad (más específicamente, 90 días después de que termine el ASPO). “Teletrabajo no es igual a teletrabajar en pandemia”, dice Puig.
Por el otro, aseguran que se sienten excluidos del debate, cuando en realidad son ellos mismos los que deben implementar la norma luego en sus espacios de trabajo. Claudio Cesario, presidente de la Asociación de Bancos de la Argentina (ABA), afirma que el Congreso está a punto de hacer “fracasar” a la herramienta del teletrabajo. “Entendemos que los senadores tienen la obligación y el deber, antes de sancionar esta ley, de escuchar a todos los sectores que van a conformar el teletrabajo: empleadores, entre ellos empresas grandes y pymes, y trabajadores”, sostiene.
Fuente: La Nación