Fue el argumento que presentó la Adiministración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ante un amparo presentado por una mujer a la que se le impidió comprar divisas. Pese a que es quien responde las consultas, el organismo, asegura que no tiene injerencia a la hora de rechazar o aprobar una operación.
Como Dios escuchó las excusas de Adán, Eva por quien comió la manzana, es lo que una ciudadana argentina tuvo que vivir ante un amparo que presentó por no poder comprar la moneda norteamericana.
El organismo recaudador se defendió y afirmó que es el Banco Central quien controla la venta de dólares. La Administración Federal de Ingresos Públicos se desligó de la responsabilidad de aceptar o rechazar una operación cambiaria, y aseguró que es el Banco Central quien se encarga de eso.
“Mi demandante no es quien rechaza o aprueba la compra de dólares…La normativa es razonable, toda vez que el contribuyente demuestre su capacidad económica, no existe obstáculo en cuanto a su validación para la compra de moneda extranjera; circunstancia esta última que en definitiva depende de la autoridad monetaria”, dice el texto elaborada por la defensa del organismo.
El amparo había sido presentado días atrás por Justa Rupérez, una mujer a la que se le impidió comprar u$s 1.700 en la sucursal de Bernal del Banco Piano. En la semana también surgieron otros dos pedidos de amparo, uno en Mar del Plata y otro en Córdoba, según se pudo conocer por Infobae.
En la respuesta de la Afip a la presentación de Rupérez sólo aparecen una serie de negaciones sobre su responsabilidad a la hora del control de las operaciones cambiarias:
“Niego la falta de claridad en los parámetros con los que se fijan los topes”.
“Niego la imprecisión de criterios para habilitar las operaciones”.
“Niego que exista decisión del Gobierno de que la AFIP otorgue el aval definitivo a la compra de dólares”.
“Niego que mi parte (la AFIP) se encuentre implementando un sistema de regulación cambiaria”.
“Niego que mi mandante rechace el pedido de compra si el comprador mantiene deuda impositiva”.
La defensa de la Afip también califica como “irrazonable” que un contribuyente realice una operación cambiaria sin tener en cuenta su condición patrimonial declarada ante el organismo.
Y agrega que “los contribuyentes se encuentran ante la posibilidad de reconducir su conducta fiscal declarando su situación respecto a sus ingresos, patrimonio y gastos de conformidad con su verdadera realidad económica. En tanto el contribuyente no se ajuste a tales lineamientos el informe que arrojará el Sistema será ‘con inconsistencias’”.