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Desde el 1º de agosto será obligatorio el uso del VEP

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) emitió la Resolución General Nº 3134 (B.O.:24/06/2011) que entrará en vigencia a partir del 1º de agosto de 2011(artículo 6º). A partir de esa fecha será OBLIGATORIA la utilización del Volante Electrónico de Pago (VEP) para determinadas operaciones.

Tal como señala el artículo 1º, a partir de esa fecha será OBLIGATORIA la utilización del Volante Electrónico de Pago (VEP) -en los términos de las Resoluciones Generales Nº 1778 y su modificatoria, Nº 2161 y Nº 2883- para:

1) Cancelar obligaciones tributarias aduaneras correspondientes a operaciones de importación y de exportación sin plazo de espera para su pago así como también para el resto de las liquidaciones aduaneras.

2) Pagar garantías ejecutadas.

3) Efectuar depósitos en efectivo destinados a garantizar operaciones aduaneras.


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