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Resolución contra Cablevisión quedó sin efecto

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Se trata de la resolución 1011/09, firmada por Guillermo Moreno , en la que acusaba a la televisora de un supuesto "incumplimiento" y suspendía su fusión con Multicanal.

La resolución de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC, dependiente de la secretaría de Comercio Interior de Guillermo Moreno), que buscaba dar marcha atrás con la aprobación de la fusión de Cablevisión con Multicanal por 60 días, quedó sin efecto por una decisión judicial.

La sala 2 de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial dispuso la suspensión de la resolución 1011/09, firmada por Guillermo Moreno el martes 15 de diciembre último, la cual acusaba a Cablevisión de un supuesto "incumplimiento de un compromiso voluntario", pese a que una semana antes la empresa Cablevisión había presentado un informe ante la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC) en el que detallaba el plan de inversiones desarrollado a la fecha.

El propio gobierno de Néstor Kirchner, mediante la resolución 257/2007 de la secretaría de Moreno, había avalado dos años atrás la fusión estableciendo la obligatoriedad a Cablevisión de cumplir con un plan de negocios cuyos resultados fueron los que presentó Cablevisión. En dicho informe la empresa informó que invirtió US$ 632 millones para mejorar su red de fibra óptica y los servicios a sus clientes, cifra que según informó supera los US$ 180 millones que había prometido a la CNDC en el marco de la operación aprobada dos años antes.

La sala 2 de Cámara de Apelaciones pudo probar que la CNDC no realizó cargos previos a la empresa y que "tampoco le habría permitido alegar". La actora (Cablevisión), insistió con que tiene derecho a conocer las conclusiones de la autoridad de aplicación y justificarse en caso de considerarlo. "Para el dictado de la resolución 1011/09 no se habría respetado el derecho de defensa del actor, extremo que torna prima facie ilegítima la decisión cuestionada en sede administrativa", dijo la resolución. Además, la Cámara advirtió que "es un principio insoslayable en materia penal que la persona imputada de un delito tiene derecho a cuestionar esa imputación y a ofrecer todas las pruebas de descargo que estime pertinentes".  

Fallos contra la ley de Medios 

Hasta el momento ya son tres los fallos de la Justicia que traban la aplicación de la ley de Medios promovida por la presidenta Cristina Kirchner.

En primer lugar, el juez en lo Civil y Comercial de la Capital Federal, Edmundo Carbone, consideró en su fallo que son inconstitucionales los artículos 161 y 41 de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, los cuales según el magistrado "conducen a un menoscabo de los derechos constitucionales de propiedad y de industria lícita". Este fallo benefició un reclamo del Grupo Clarín al afirmar que "el derecho constitucional de propiedad se vincula con la noción de derechos adquiridos, o sea de derechos definitivamente incorporados al patrimonio de una persona".

Días más tarde, a pedido del Comité de Defensa del Consumidor (Codelco), el juez federal de Salta, Miguel Antonio Medina, paralizó la aplicación de la ley de Medios suspendiendo los límites que fija la norma a la acumulación de licencias, frenó el plazo de un año para vender empresas que exceden esos límites y le ordenó al Poder Ejecutivo Nacional abstenerse de reglamentar la norma, lo que le daría alcance nacional a su decisión.

Por último, la jueza federal mendocina Olga Pura de Arrabal hizo lugar a una presentación realizada por el diputado nacional Enrique Thomas en donde afirma que hubo un "cúmulo de irregularidades" en las comisiones que analizaron el proyecto del Ejecutivo, ya que sus integrantes no pudieron "conocer a ciencia cierta en qué consistía el dictamen de mayoría". Thomas también apunta, entre otras cosas, a la "irregular constitución del quórum" para tratar el proyecto y a la imposibilidad como diputado para analizarlo correctamente, lo que según él constituye una violación a los derechos de legislador.  

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