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La AFIP modificó los aportes jubilatorios de autónomos

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció los nuevos valores que deberán cancelar los trabajadores autónomos a partir de septiembre, según la resolución general 2673 que se publicará en los próximos días en el Boletín Oficial. El organismo realizó la actualización al haber aumentado el gobierno la jubilación mínima que impacta en los aportes que los trabajadores independientes realizan al sistema de la seguridad social.

Según la resolución la categoría I deberá abonar desde septiembre un aporte mensual de 153,46 pesos y alcanza a las personas físicas que ejerzan profesiones u oficios y productores de seguros con ingresos anuales de hasta 20 mil pesos.

En esta categoría se encuadran también los comerciantes con ingresos anuales hasta 25 mil pesos y a los que adhieran voluntariamente al sistema previsional autónomo.

Los que revistan en la categoría II, tendrán un pago mensual de 214,84 pesos y alcanza a personas físicas que ejerzan profesiones u oficios y productores de seguros que superen como ingresos anuales los 20 mil y comerciantes con ingresos anuales superiores a 25 mil pesos.

En la categoría III el aporte mensual será de 306,91 pesos y comprende a directores, administradores y conductores de sociedades comerciales o civiles, regulares o irregulares, y socios de sociedades de cualquier tipo con ingresos anuales inferiores o iguales a 15.000 pesos.

En la categoría IV el pago jubilatorio será de 491,06 pesos y abarca también a los mismos profesionales de la anterior pero con ingresos de entre 15.001 y 30.000 pesos inclusive.

En la categoría V el aporte mensual será desde septiembre de 675,20 pesos, abarcando a los profesionales de las dos categorías anteriores pero con ingresos superiores a los 30.000 pesos.

La normativa establece el esquema de aportes mensuales para los trabajadores autónomos que realicen actividades penosas o riesgosas a las que les corresponde un régimen previsional diferencial.

Según el nuevo esquema la categoría uno abonará 167,85, la dos 234,98, la tercera 335,68, la cuarta 537,10 y la quinta 738,50

Los autónomos que se hallan afiliados voluntariamente pagarán un aporte mensual de 153,46 y los menores de 21 años la misma cantidad, mientras que las amas de casa que opten por el aporte reducido previsto por la Ley Nº 24.828 pagarán 52,75 pesos.


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