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El martes aumenta el aporte mensual de trabajadores autónomos

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El incremento que rige desde septiembre hace que la categoría más baja supere los $150 y la más alta alcance $675. Los trabajadores autónomos verán, a partir de septiembre, incrementados los aportes que deben ingresar mes a mes.

Los incrementos son en porcentajes iguales que los utilizados para la suba de los haberes de los pasivos, de acuerdo a la norma de movilidad jubilatoria aprobada el año pasado.

Por lo tanto, ante la suba de un poco más del 7% en los haberes jubilatorios la contribución a cargo de los autónomos pasa a ser:

    * En la categoría más baja, algo superior a los 153 pesos.

# Los que pertenecen al segundo escalón –casi la mayoría de los contribuyentes-, pasan a abonar cerca de $215 mientras que ahora la suma es de 200 pesos.
# Los aportes más altos, en tanto, pertenecen a directores y socios de sociedades. En estos casos, quienes reciben ingresos anuales mayores que $30.000 y pagan el mayores aportes, pasan a contribuir con cerca de $675 al mes.

Nuevo esquema
A partir del nuevo aumento, el esquema queda reformulado de la siguiente manera:

    * Categoría I. Aporte mensual de 153,59 pesos:
          o Personas físicas que ejerzan profesiones u oficios y productores de seguros con ingresos anuales hasta $20 mil.
          o Comerciantes con ingresos anuales hasta $25 mil. Aquellos que adhieran voluntariamente al sistema previsional (religiosos, directivos de cooperativas que no perciben retribución, amas de casa, profesionales o personas que aportan a cajas especiales, titulares de condominios sin tareas de dirección).
    * Categoría II. Aporte mensual de 215,02 pesos:
          o Personas físicas que ejerzan profesiones u oficios y productores de seguros que superen como ingresos anuales los $20 mil.
          o Comerciantes con ingresos anuales superiores a 25 mil pesos.
    * Categoría III. Aporte mensual de 307,18 pesos:
          o Directores, administradores y conductores de sociedades comerciales o civiles, regulares o irregulares, y socios de sociedades de cualquier tipo con ingresos anuales inferiores o iguales a 15.000 pesos.
    * Categoría IV. Aporte mensual de 491,48 pesos:
          o Directores, administradores y conductores de sociedades comerciales o civiles, regulares o irregulares, y socios de sociedades de cualquier tipo con ingresos entre $15.001 y $30.000, inclusive.
    * Categoría V. Aporte mensual de 675,79 pesos:
          o Directores, administradores y conductores de sociedades comerciales o civiles, regulares o irregulares, y socios de sociedades de cualquier tipo con ingresos superiores a los 30.000 pesos.

Aportes de empleados
De igual manera, para los asalariados, la remuneración tope para calcular los aportes se eleva de $8711,82 a $9351,27. Como el descuento con destino al sistema jubilatorio es del 11% del salario bruto, el importe máximo de la retención será de $1028,64 en lugar de los actuales 958,30 pesos.

Asimismo, se elevan los montos con destino a la obra social elegida por el trabajador y al PAMI, que equivalen en cada caso al 3% de la remuneración. Entre ambos conceptos se destinarán $561,08 dejando atrás los $522,70 actuales. El descuento total, entre los tres componentes, será de $1589,72, es decir, $108,72 más que ahora. 

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