Las empresas, los comerciantes, profesionales, monotributistas, autónomos, cooperativas y entidades sin fines de lucro podrán inscribirse hasta el 31 de octubre en afip.gob.ar. Quienes se inscriban podrán regularizar sus deudas hasta 120 cuotas

Este jueves la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) abrirá la inscripción para quienes deseen acceder a la ampliación de la moratoria 2020. El plan es para regularizar deudas tributarias, aduaneras y previsionales. Está destinada a empresas, comerciantes, profesionales, monotributistas, autónomos, cooperativas y entidades sin fines de lucro, y estará abierto hasta el 31 de octubre inclusive.
En el Boletín Oficial, la AFIP además estableció que los adherentes podrán regularizar sus deudas hasta 120 cuotas. “Para volver a crecer es necesario quitar la mochila muy grande que tiene el sector productivo. El objetivo de la ampliación de la moratoria es aliviar la situación de los contribuyentes”, indicó la titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont.
La moratoria prevé beneficios para los contribuyentes cumplidores, y contempla plazos más extensos para que los pequeños contribuyentes regularicen sus obligaciones vencidas. La ampliación de la moratoria extiende el universo de contribuyentes beneficiados y contempla la posibilidad de regularizar deudas con la AFIP generadas durante la pandemia del coronavirus. Las empresas e individuos que adhieran al plan de facilidades comenzarán a pagar la primera cuota el 16 de diciembre.
Las empresas grandes que adhieran, no podrán en los próximos 24 meses distribuir dividendos, realizar operaciones con títulos para eludir la normativa cambiaria ni acceder al mercado cambiario para realizar pagos a entidades vinculadas.
Asimismo, la legislación establece un premio a los cumplidores y, en el caso del monotributo, una condonación del componente impositivo de seis cuotas para las categorías A y B. En tanto, para las categorías C y D será de cinco; en las E y F, de cuatro; en la G, de tres; y en las I, J y K, de dos.
En ningún caso el límite del beneficio podrá superar los $ 17.500, habrá un descuento del 15% para quienes paguen al contado, y no podrán acceder quienes tengan activos financieros en el exterior y no repatríen por lo menos el 30% dentro de los 60 días.
La caducidad de la moratoria será por falta de pago de tres cuotas para grandes empresas y de seis para micro, pequeñas y medianas empresas.